El día miércoles 24 de junio se aprobó con 12 votos a favor, 4 en contra y 2 abstenciones, el proyecto de ley que modificaría la Ley 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generación Eléctrica, principalmente modificando la estructura de las licitaciones de distribuidoras creando bloques horarios y separando potencia y energía y con ello viabilizando la participación de proyectos de centrales eólicas y solares. Pleno del Congreso discutirá su aprobación como ley.

Sobre la Ley

La Ley busca potenciar la suficiencia de generación eficiente que reduzca la exposición del sistema eléctrico peruano a los altos precios y a los riesgos de racionamiento prolongado por falta de energía; asegurando al consumidor final una tarifa eléctrica más competitiva.

Se pretende reducir la intervención administrativa para la determinación de los precios de generación mediante soluciones de mercado; así como implementar las medidas necesarias para propiciar la efectiva competencia en el mercado de generación e introducir un mecanismo de compensación entre el SEIN y los Sistemas Aislados para que los Precios en Barra de estos últimos incorporen los beneficios del gas natural y reduzcan su exposición a la volatilidad del mercado de hidrocarburos.

También define, entre otros puntos, que ningún generador podrá contratar con Usuarios Libres y Distribuidores más potencia y energía firme que las propias y las que tenga contratadas con terceros. Las ventas de electricidad de Generador a Distribuidor, destinadas al Servicio Público de Electricidad, se realizarán por contratos sin Licitación, cuyos precios no podrán ser superiores a los Precios en Barra a que se refiere el artículo 47 de la Ley de Concesiones Eléctricas, y/o contratos resultantes de Licitaciones.

El sector energético peruano celebra este avance en pro de tarifas más competitivas a partir de la entrada de más renovables.

Fuente: Infoenergetica

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